Las Organizaciones Populares de Vivienda (OPV) son agrupaciones que buscan desarrollar programas de construcción de vivienda a favor de sus afiliados, en el marco de una economía solidaria, de autogestión y de fortalecimiento a la participación comunitaria. Para ello, los afiliados o asociados participan directamente, mediante aportes en dinero y trabajo comunitario, o en cualquiera de las dos formas.
Estas organizaciones pueden ser constituidas por sindicatos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, corporaciones, juntas de ‘acción comunal, fondos de empleados, empresas comunitarias, mutuales y las demás que puedan asimilarse a las anteriores en los términos previstos en la Ley 9 de 1989, siempre y cuando se encuentren previamente reconocidas como entidades sin ánimo de lucro.